- EC -A /UC-CDRJBV/PN-EB-3-1-1-1-/05o
- Item
- 1991-02-19
Rodrigo Borja Presidente Constitucional de la República
Considerando: Que el registro oficial N° 520 de septiembre 12 de 1990 ha sido promulgada la Ley de Defensa del Consumidor N° 107 y, En ejercicio de las atribuciones conferidas en la Disposición General Tercera de la antes mencionada Ley y en el Art. 78 letra c de la constitución de la República.
Decreta:
El siguiente Reglamento a la Ley de Defensa del Consumidor